Río Omaña |
DISTANCIA ENTRE PESCADORES
No hace mucho comentaba yo en este blog que, el año pasado,
pescando el coto de Quintana de Rueda, dos pescadores entraron al río a
nuestro lado y se pusieron a pescar olvidándose de la obligatoriedad que
recogía el art. 27 de la antigua Ley de pesca de mantener la distancia de 30
metro con otro pescador ( http://www.elpescadorpensante.blogspot.com.es/2013/09/un-dia-mas-en-quintana-de-rueda.html ). Es decir que si estabas pescando con
ova, cucharilla, devón, mosca o pez artificial el otro pescador estaba obligado
a respetar esa distancia, si bien a los efectos de acción sancionable, debería
haber requerimiento previo.
En
la nueva Ley el art. 51 relativo a: “ Uso de la caña y elementos
auxiliares” en su aptdo 3 textualmente dice:” La distancia mínima entre
pescadores, que sólo será exigible cuando uno de ellos así lo requiera y
reconociendo la preferencia a quien primero haya accedido al lugar, será de
treinta metros”.
Pongamos un ejemplo .- Estamos pescando en una tablada a
mosca ahogada a la leonesa, y observamos que, por una de las gateras que
dan acceso a esa tablada, entra un pescador “B” que se pone a pescar río
arriba acercándose a la cabecera donde nosotros pescamos, porque ha visto que
hemos sacado un par de truchas y deduce que las truchas están comiendo en la
corriente de la cabecera. Como no nos hemos leído la nueva Ley y somos un tanto
secos de carácter, pensamos: “ no pienso decirle nada, ya verás como el
muy “cabrito” al ver que he sacado las truchas se me mete encima y no respeta
los treinta metros de seguridad”.