lunes, 29 de diciembre de 2014

NORMATIVA DE PESCA DE CASTILLA Y LEON PARA 2015




   No tenía pensado hacer ninguna referencia a la nueva normativa de pesca para el año 2015  que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha publicado mediante Orden núm. 1089/2014 de 15 de diciembre en el Boletín de CyL, pues no han efectuado ningún cambio significativo en la misma, salvo lo relativo a los pases de control de las aguas en régimen especial controlado (AREC) donde han suprimido del Art. 13 que los desarrolla los apartados 4, 5 y 6 , cuyo contenido han trasladado a la Orden 1083/2014 que regula las normas que rigen en los cotos, Arec y escenarios.


   En algún foro consideran un error  del legislador  el haber establecido en el art. 3.2  de la Orden 1083,  el plazo de presentación de solicitudes para el acceso a los cotos   entre el 1 y el 15 de diciembre, cuando la orden fue publicada en fecha posterior a estas fechas. Si leemos con detenimiento esta Orden, nos damos cuenta que han introducido una disposición adicional que tasa que para el periodo de pesca del ejercicio del 2015, el plazo de presentación de solicitud para los cotos  será del 20 de diciembre de 2014 al 5 de enero de 2015 y también corrige la fecha del sorteo para este ejercicio, precisando que esta se efectuará el 20 de enero en lugar del 8.

   Esta disposición adicional lo que nos viene a decir es que el legislador ha creado esta norma con el fin de que perdure en el  tiempo, estableciendo unos plazos fijos para años posteriores y por alguna razón el tiempo se le  echó encima ( vagancia, falta de consenso, ineptitud, …)  y tuvo que subsanarlo prorrogando los plazo para la temporada del 2015.

domingo, 7 de diciembre de 2014

LAS NINFAS DE SIEMPRE EN LEON



Como me han preguntado sobre la manera de montar mis ninfillas con un mandril. Digo “mis” pero en realidad es el modelo que se ha utilizado en León toda la vida. En este caso montaré una color carne.

Materiales para utilizar
1.- Los materiales que necesitamos en esta ocasión  son hilo Gütermann, referencia 753, del color número 797. Para la brinca un hilo en fibra de poliéster color amarillo limón. Anzuelo Tiemco TMC 2487 del nº 14, un mandril y pluma de los gallos de León.
Inicio del montaje del abdomen

domingo, 31 de agosto de 2014

COTO DE RIOSECO DE TAPIA


  
Tablilla al lado donde  aparcamos.
   León tiene muchas cosas en común con Galicia,  una de ellas es la de compartir parte de las aguas que nacen en las montañas de Babia, allá por Quintanilla de Babia, que llegando a Piedrafita se dividen tomando unas dirección al Sil y otras lo harán hacia el sur para crear el río Luna.  Seguirá aumentando su caudal con las aguas de valles y puertos ( Valle de San Emiliano, puerto de Ventana, peña Ubiña, etc ) hasta descansar sus aguas en el pantano de Barrios de Luna.

martes, 22 de julio de 2014

PACIENCIA, LA CLAVE EN EL ESLA



   Van pasando los días  y las semanas y por una  u otra razón el blog sigue esperando alguna historia de pesca. Me he dado cuenta que soy perezoso y que es muy cómodo utilizar “Twuiter” para ir haciendo cortas anotaciones que no son más que el reflejo  de mis  pequeños instantes a la orilla del río. También puede ser que no sea tan perezoso y que  lo que hago es seguir a rajatabla el proverbio japonés de : “ Piensa mucho, habla poco, escribe menos”.
Este pequeño neuróptero le gusta a las truchas del Esla
   El domingo no tenía previsto ir al río ya que tengo en casa a mi nieto; además, el día anterior había llovido en algún momento copiosamente y lo más lógico es que el agua del río estuviese algo turbia. Después de desayunar continué haciendo unas moscas ahogadas que quería probar,  se trataba de comprobar  qué hilo color carne iba mejor en el Esla: el Gütermann 979 o el 7847 del Molino. También monté alguna  mosca que en León llamamos “ahogada” con el 8100 también del Molino ( todas son ahogadas pero ésta recibe ese nombre en particular), con la salvedad de dar las últimas vueltas  del tórax ( como 1/3 parte del cuerpo) con el carne del Molino e hice lo mismo con dos más que monté con el 3277 de la Paleta. El sábado había comprobado que había un permiso de los sobrantes aún sin coger para el coto de Quintana de Rueda en el río Esla y me picó la curiosidad. Entre la curiosidad, el día cálido que se presentaba alternándose las  nubes blancas con las grises y el recuerdo de la última jornada de pesca en el Esla donde saqué una de 1,298 kg., hizo que mis dedos tecleasen “aceptar” y casi sin darme cuenta estaban dando mis datos de la tarjeta bancaria para hacer el pago. ¡Cuantos actos hacemos a lo largo del día sin pensar! Y es que el río me gusta tanto que, parafraseando a Borges diré, que no me gusta que le guste a otras personas. Es un amor así, celoso.

lunes, 12 de mayo de 2014

SIEMPRE EL AGUA COMO DEPORTE




   Ya he contado en alguna ocasión que tengo unos sobrinos muy deportistas y que, uno de ellos, Pablo, practica la vela,  pero la vela de alta competición, estando junto con su compañero Diego en el Equipo Olímpico de Vela Español y ahí andan, tratando de posicionarse en un lugar destacado que les permita participar en la próxima Olimpiada de Brasil en el 2016.
   Hay algunos deportes, y los deportistas que los practican,  que pasan desapercibidos para el gran  público ya que  no se reflejan sus competiciones en los medios de comunicación, no obstante los que estamos cerca de ellos sabemos de su esfuerzo, de sus horas de entrenamiento, de sus gastos, de la soledad de los viajes, de sus horas de estudio para seguir su carrera universitaria, pues bien, ¿por qué todo ese esfuerzo?
   Estos dos jóvenes, ya más que promesas de la vela española nos cuentan en este video el porqué se acercaron a la vela. Las familias nos sentimos muy orgullosos de ellos y pronto el resto de los españoles. Ahora entrenan para el campeonato del mundo que este año se celebra en Santander, la ciudad en la que han nacido y navegan.


jueves, 20 de marzo de 2014

Orden de Pesca 2014. CEBOS


   
Imitacion leonesa en ahogada  conocida como " la sarnosa "


   Por fin el pasado 14 de marzo han publicado la Orden de Pesca en Castilla y León  para la temporada 2014. Desde luego el PP está haciendo algunas cosas de tal forma que uno piensa que trata de perder  todas las elecciones venideras. Igual es lo que pretenden los actuales políticos al saber que ya no van a ser candidatos. También puede ocurrir que sean unos prepotentes que no se han enterado que los hemos puesto para gestionar lo público y pueden pensar que el puesto que ocupan nadie lo desarrollará mejor que ellos. Creo que han perdido unos cuantos miles de votos en Castilla y León, aunque ellos lo achacarán al contexto nacional porque tanto los que pescan  con muerte como los sin muerte se sienten defraudados.
   He visto que en algunos foros los pescadores cabreados hablan de no sacar la licencia y que esto va a suponer un varapalo para las arcas de la Junta. Con el  dinero no hay problema, se sube un céntimo más el impuesto de los carburantes, por ejemplo, y solucionado, pero amigo mío volver al negocio familiar,  ejercer como abogado, ir al paro, volver a dar clase a chavales en la escuela y, sobre todo, perder  aquello de don ...,  mire a ver si puede…. , eso ya es otro cantar.
 
Captura y suelta
   Con la publicación de la anterior  Orden de Pesca ( Orden FYM 991/2013, de 27 de noviembre) había escrito un artículo comparativo de los cambios existentes en el art. 6, que regula los cebos,  entre la del 2013 y la del 2014, que he suprimido del blog con el fin de evitar errores de apreciación y porque la nueva Orden de Pesca para 2014 publicada el pasado  día 14 de marzo, en consonancia con la nueva ley de pesca, establece como norma general  que en las aguas trucheras la pesca es sin muerte. El artículo relativo a los cebos obedece a este cambio relevante, de tal forma que únicamente se podrá pescar sin arponcillo en la mayor parte de las masas de agua de la comunidad. No obstante conviene  aclarar algunos cambios significativos en cuanto al número de señuelos.

domingo, 9 de marzo de 2014

PLUMAS EN LA VECILLA

Los protagonistas

   Ya hemos pasado la feria de la Vecilla y empieza la cuenta atrás para recorrer veredas y  ríos buscando paz y al mismo tiempo albergar nuevas esperanzas  de pescar la trucha de nuestra vida. Parece un contrasentido buscar paz y al mismo tiempo desear poner a nuestras  glándulas suprarrenales a segregar adrenalina. 
Recinto ferial
   Es lo que tiene la pesca: ratos de sosiego y cambios bruscos del ritmo cardiaco ocasionado por descargas de adrenalina ante esa corriente que se inicia en el anzuelo con una picada y que nuestro cerebro rápido transforma más en kilos que en gramos. Al final cuando has sacado el pez siempre la realidad es la que manda, pero el momento es el que uno ha soñado, pensado y sentido. ¡Que más da que sólo mida veinte centímetros, si parecía que tiraba como una de un kilo!

miércoles, 5 de marzo de 2014

¿POR QUÉ CON MUERTE?


Las saltonas también pescan

   En el foro en el que en alguna ocasión participo -Pescaleon- se ha abierto un post interesante donde se debate sobre la nueva ley de pesca en Castilla y León,  centrando casi todas las controversias entre los que están a favor de la pesca con muerte de los que están en contra. No obstante en el primer grupo, y también en el segundo, hay una cuestión en la que casi todos están de acuerdo y es que si la trucha común se encuentra en una situación extrema de riesgo, debería prohibirse  la pesca con muerte en todos los ríos sin excepciones. Piensan algunos que es discriminatoria en cuanto que  en los cotos sí se va a permitir la captura con muerte de cuatro ejemplares, propiciando de esta forma que se beneficie a los que tienen más medios económicos.

martes, 18 de febrero de 2014

NUEVA LEY DE PESCA- La caña

Recordatorio de las aletas


CUIDADO CON LLEVAR DOS CAÑAS*

  Siguiendo con los cambios que se han efectuado en la nueva Ley de Pesca en Castilla y León, respecto a la de 1992, hoy me voy a detener  en el artículo que regula el uso de la caña. Si  leemos la normativa de una forma rápida podemos pensar que en la práctica no ha cambiado nada, pues sólo se permite el uso de una caña en la aguas declaradas truchera, al igual que ocurría en la antigua ley de pesca.

  Pero el legislador en la antigua normativa sencillamente tasaba  que cada pescador “utilizará” una sola caña en las aguas declarada trucheras, es decir empleará, usará, manejará; recurriendo al diccionario sería “traer entre las manos una cosa” y  lo dejaba así.
¿Qué pasa con la nueva normativa regulatoria? Pues que el legislador como a los que pescan a la leonesa ya les hizo la puñeta, quizás pensó que debería “encabronar” un poco a los de mosca seca y se le ocurrió, en el art. 51 de la nueva ley- Uso de la caña y elementos auxiliares- después de tasar en su apartado primero  que cada pescador en aguas trucheras sólo podrá utilizar una caña simultáneamente, redactar el apartado cuarto  equiparando la “tenencia” de más de una caña dispuesta  con el uso.

NUEVA LEY DE PESCA- Distancia de presas

Río Esla
PESCA EN LAS INMEDIACIONES DE LAS PRESAS



  ¡Cómo nos gusta encontrar en el río un obstáculo y pescar por  detrás! Aunque yo creo que aún nos gusta más al pie de una buena presa. Veamos en qué ha cambiado la nueva normativa en aguas trucheras.
   La nueva Ley, al igual que la antigua,  restringe el ejercicio de la pesca en las inmediaciones de diques, presas y escalas de peces, pero hay algunas diferencias:

a) En la antigua Ley- art. 29.1- se tasaba que en las aguas trucheras la distancia a la que no se podía pescar era de 50 metros. No obstante en el art. 29.2, se recogía como excepción a la norma general que  sí se podía pescar con caña en las llamadas “presas sumergidas”, definiendo a continuación qué se entendía por presas sumergidas y finalizaba diciendo “ ….que puedan ser fácilmente remontadas por los salmónidos sin ayuda de escala.

lunes, 17 de febrero de 2014

NUEVA LEY DE PESCA- Distancia entre pescadores

Río Omaña
DISTANCIA ENTRE PESCADORES


   No hace mucho comentaba yo en este blog que, el año pasado, pescando el coto de Quintana de Rueda,  dos pescadores entraron al río a nuestro lado y se pusieron a pescar  olvidándose de la obligatoriedad que recogía el art. 27 de la antigua Ley de pesca de mantener la distancia de 30 metro con otro pescador ( http://www.elpescadorpensante.blogspot.com.es/2013/09/un-dia-mas-en-quintana-de-rueda.html ). Es decir que si estabas pescando con ova, cucharilla, devón, mosca o pez artificial el otro pescador estaba obligado a respetar esa distancia, si bien a los efectos de acción sancionable, debería haber requerimiento previo.
   En la nueva Ley  el art. 51 relativo a: “ Uso de la caña y elementos auxiliares” en su aptdo 3  textualmente dice:” La distancia mínima entre pescadores, que sólo será exigible cuando uno de ellos así lo requiera y reconociendo la preferencia a quien primero haya accedido al lugar, será de treinta metros”.

Pongamos un ejemplo .- Estamos pescando en una tablada a mosca ahogada a la leonesa,  y observamos que, por una de las gateras que dan acceso a esa tablada, entra un  pescador “B” que se pone a pescar río arriba acercándose a la cabecera donde nosotros pescamos, porque ha visto que hemos sacado un par de truchas y deduce que las truchas están comiendo en la corriente de la cabecera. Como no nos hemos leído la nueva Ley y somos un tanto secos de carácter, pensamos: “ no pienso decirle nada,  ya verás como el muy “cabrito” al ver que he sacado las truchas se me mete encima y no respeta los treinta metros de seguridad”.

domingo, 16 de febrero de 2014

NUEVA LEY DE PESCA. El guarda encubierto



   En el art. 72*  de la nueva ley nos encontramos una restricción para la guardería (agentes y auxiliares) y al seguir leyendo el mismo artículo vemos que se ha creado de una forma subrepticia, sin referenciarlo, nada más y nada menos que el guarda encubierto, y lo justifican con una  frase sencilla “…. para el mejor cumplimiento de sus funciones de vigilancia ”. Claro, parafraseando a Gracián  he de decir que las normativas han de hacerse como en testamento, que a menos palabras, menos pleitos.
    Vayamos por partes, el agente encubierto es una figura que encuentra soporte en España en la Ley de Enjuiciamiento Criminal y en ella se concreta que únicamente podrá actuar cuando se trate de organizaciones criminales tipificando también la clase de delito  ( secuestro, prostitución, contra el patrimonio, tráfico de armas, falsificación de moneda y así hasta once conductas delictiva). Pero no sólo eso, sino que sus actuaciones están muy controladas por la fiscalía y el juez instructor, de tal forma que, éste último, teniendo en cuenta la necesidad a los fines de la investigación,  deberá autorizarlo mediante resolución motivada.
  He aquí que la Junta de Castilla y León considera que una infracción administrativa que regula y sanciona la Ley 9/2013, de 3 de diciembre, de Pesca de Castilla y León, debe perseguirse e investigarse  como si el que la infringiese estuviese encuadrado en una organización criminal con penas de cárcel incluidas. Claro que me dirán ¡hombre!, no se trata de infiltrarse en organizaciones sólo de ponerlo a pescar en una determinada zona.
  Creo que debemos exigir que  nuestro políticos pasen unos exámenes médicos antes de cada legislatura. Por cierto a los auxiliares, que ni siquiera son agentes de la autoridad,   también los incluyen. Claro, un acierto, así no se les puede imputar un delito contra la administración pública del titulo XIX del Código Penal, que agrava las penas.

¡Cuidado!, puede ser un guarda encubierto
Pongamos un ejemplo ficticio pero no imposible :


   La Administración tiene constancia que en el pie de la presa que hay en el coto de Gradefes  hay una gran concentración de truchas y también sabe que algunos pescadores “listos”,  aprovechando que a los agentes se les detecta desde lejos, incumplen la normativa de respetar los 15 metros de prohibición desde el pie de la presa y, así,   aprovechando la indefensión de las truchas completan rápidamente el cupo  de capturas.

lunes, 10 de febrero de 2014

NUEVA LEY DE PESCA- Acción de pesca

Río Eria ( León)

   El 13 de diciembre se publicaba en el BOCyL la nueva Ley 9/2013 de Pesca de Castilla y León  y al leerla he pensado hacer, según mis criterios,  algunas  consideraciones a efectos prácticos:


 ACCION DE PESCA

  La nueva Ley de Pesca de Castilla y León, entiende que se considera también acción de pesca   el tránsito por las inmediaciones de las masas de agua portando útiles de pesca, siempre y cuando estos se encuentren dispuestos para su uso de forma inmediata.
Por los caminos del Esla
Pongamos un ejemplo. Has llegado a las inmediaciones del río, te has uniformado para iniciar la acción de pesca y montas una cuerda  con los mosquitos de mosca ahogada del año pasado. Sabes que aún tienen el arponcillo, pero piensas que cuando llegues al lugar donde vas a empezar se los matas con el alicate. Vas caminando por  el sendero que bordea el cauce y en eso llega el Guarda o la Guardia Civil. Te solicitan tu documentación y, una vez que ven que está en regla, comprueban la idoneidad del aparejo observando que tienen arponcillo y dado que en ese tramo la pesca es sin muerte, te imponen una multa. Les explicas que aún no has empezado a pescar y que tenías pensado quitárselos cuando llegase a donde ibas  a iniciar la jornada.

lunes, 27 de enero de 2014

NUEVO PRECIO EN LOS COTOS




   El lunes 13 de enero se publicaba en el Boletín Oficial de la Comunidad de Castilla y León, los precios de los cotos de pesca para la temporada de 2014. Durante este año tendremos dos precios dependiendo de dos variables: una viene determinado por el día de la semana ( más caro durante los sábados,  domingos y festivos –incluyendo el 2 de mayo-)y la otra  en referencia a la ocupación (ALTA Y BAJA). La alta tendrá el mismo precio que los festivos, es decir 18 euros y la baja 14, en los cotos con muerte. En los sin muerte su precio será de 12 y 10 euros respectivamente. Los mayores de 65 años y los menores de 16 tienen una reducción del 50%.
   Adjunto el enlace para consultar la totalidad de la Orden de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente  (La variable de ocupación alta la han editado en negrilla para localizar mejor los cotos).
http://bocyl.jcyl.es/boletines/2014/01/13/pdf/BOCYL-D-13012014-28.pdf

Posteriormente han hecho una corrección de errores y en León únicamente afecta al coto del Castillo que queda así: