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lunes, 9 de enero de 2017

NORMATIVA DE PESCA DE CASTILLA Y LEON PARA 2017

El día 28 de diciembre del año pasado  se publicó en el BOCYL, la Orden  de la Consejería de Fomento y Medio Ambiente 1079/2016, sobre las normas reguladoras de la pesca en la Comunidad de Castilla y León  para el año 2017. Como me encontraba con mis hijos y nietos de vacaciones  no había tenido tiempo de consultar  el reglamento de este año

Le he pegado una ojeda y me he dicho: el  consejero  tiene un nuevo botellín que le aconseja (ya saben por aquello de que hay más tontos que botellines), luego he pensado, ¡venga ya!, es una inocentada y  publicarán un anexo para corregir las nuevas restricciones de este año.
Pues va a ser que no, y han introducido en el artículo relativo a “Cebos y señuelos” en su apartado 2.b una nueva limitación a la acción de pesca que dice: “ Además, en la pesca con mosca solo dos de ellas podrán ir lastradas”. Esta restricción sólo es de aplicación al apartado 2.c.3, donde desarrolla una de las excepciones a la norma general de prohibir el uso de apararejos que contengan dos o más señuelos *, autorizando el uso en la pesca con boya hasta “…un máximo de tres moscas artificiales, en cualquiera de sus fases de desarrollo, desprovistas de arponcillo o estando éste inutilizado, y de las cuales un máximo de dos podrán ir lastradas”. Aquí es donde los pescadores que pescamos normalmente a pluma (pesca con mosca ahogada a la leonesa) estamos utilizando los perdigones y otras ninfas cuando las truchas comen en el fondo.
Hay que ser tonto, pero que muy tonto, para prohibir que la tercera ninfa no esté lastrada.

martes, 12 de abril de 2016

NORMATIVA DE PESCA DE CASTILLA Y LEON PARA 2016





  
   Es cierto que la normativa de pesca de este año, en lo relativo a la acción de pesca, no ha cambiado respecto a la del pasado año. No obstante no está de más dar un repasito al reglamento de este año a los que vayan a ir a un coto porque ahí si han cambiado algunas medidas. Por ejemplo en los cotos de GRADEFES y  QUINTANA DE  RUEDA, pasan las medidas de 22cm, el año pasado, a 24 este año. En los embalses también han cambiado las medidas. Así que ojo

   Pongo los enlaces a la normativa de este año para que resulte más fácil de localizar a los que visiten este Blog:


lunes, 29 de diciembre de 2014

NORMATIVA DE PESCA DE CASTILLA Y LEON PARA 2015




   No tenía pensado hacer ninguna referencia a la nueva normativa de pesca para el año 2015  que la Consejería de Fomento y Medio Ambiente ha publicado mediante Orden núm. 1089/2014 de 15 de diciembre en el Boletín de CyL, pues no han efectuado ningún cambio significativo en la misma, salvo lo relativo a los pases de control de las aguas en régimen especial controlado (AREC) donde han suprimido del Art. 13 que los desarrolla los apartados 4, 5 y 6 , cuyo contenido han trasladado a la Orden 1083/2014 que regula las normas que rigen en los cotos, Arec y escenarios.


   En algún foro consideran un error  del legislador  el haber establecido en el art. 3.2  de la Orden 1083,  el plazo de presentación de solicitudes para el acceso a los cotos   entre el 1 y el 15 de diciembre, cuando la orden fue publicada en fecha posterior a estas fechas. Si leemos con detenimiento esta Orden, nos damos cuenta que han introducido una disposición adicional que tasa que para el periodo de pesca del ejercicio del 2015, el plazo de presentación de solicitud para los cotos  será del 20 de diciembre de 2014 al 5 de enero de 2015 y también corrige la fecha del sorteo para este ejercicio, precisando que esta se efectuará el 20 de enero en lugar del 8.

   Esta disposición adicional lo que nos viene a decir es que el legislador ha creado esta norma con el fin de que perdure en el  tiempo, estableciendo unos plazos fijos para años posteriores y por alguna razón el tiempo se le  echó encima ( vagancia, falta de consenso, ineptitud, …)  y tuvo que subsanarlo prorrogando los plazo para la temporada del 2015.

jueves, 20 de marzo de 2014

Orden de Pesca 2014. CEBOS


   
Imitacion leonesa en ahogada  conocida como " la sarnosa "


   Por fin el pasado 14 de marzo han publicado la Orden de Pesca en Castilla y León  para la temporada 2014. Desde luego el PP está haciendo algunas cosas de tal forma que uno piensa que trata de perder  todas las elecciones venideras. Igual es lo que pretenden los actuales políticos al saber que ya no van a ser candidatos. También puede ocurrir que sean unos prepotentes que no se han enterado que los hemos puesto para gestionar lo público y pueden pensar que el puesto que ocupan nadie lo desarrollará mejor que ellos. Creo que han perdido unos cuantos miles de votos en Castilla y León, aunque ellos lo achacarán al contexto nacional porque tanto los que pescan  con muerte como los sin muerte se sienten defraudados.
   He visto que en algunos foros los pescadores cabreados hablan de no sacar la licencia y que esto va a suponer un varapalo para las arcas de la Junta. Con el  dinero no hay problema, se sube un céntimo más el impuesto de los carburantes, por ejemplo, y solucionado, pero amigo mío volver al negocio familiar,  ejercer como abogado, ir al paro, volver a dar clase a chavales en la escuela y, sobre todo, perder  aquello de don ...,  mire a ver si puede…. , eso ya es otro cantar.
 
Captura y suelta
   Con la publicación de la anterior  Orden de Pesca ( Orden FYM 991/2013, de 27 de noviembre) había escrito un artículo comparativo de los cambios existentes en el art. 6, que regula los cebos,  entre la del 2013 y la del 2014, que he suprimido del blog con el fin de evitar errores de apreciación y porque la nueva Orden de Pesca para 2014 publicada el pasado  día 14 de marzo, en consonancia con la nueva ley de pesca, establece como norma general  que en las aguas trucheras la pesca es sin muerte. El artículo relativo a los cebos obedece a este cambio relevante, de tal forma que únicamente se podrá pescar sin arponcillo en la mayor parte de las masas de agua de la comunidad. No obstante conviene  aclarar algunos cambios significativos en cuanto al número de señuelos.